Art. 19 Organización de nuestra
Asociación: La Confederación Mundial
1) La Confederación Mundial de los Exalumnos y Exalumnas de
Don Bosco es una organización única, sin distinciones étnicas ni religiosas.
Como asociación laical goza de personalidad y representación jurídica,
reconocida, donde sea posible, por cada Estado. La inscripción se realiza a
través de las asociaciones locales y exige que el Exalumno o la Exalumna
compartan libremente las finalidades y objetivos del Estatuto Mundial y lo
establecido en los estatutos nacionales o regionales.
2) La Confederación Mundial está compuesta por:
a. Asociaciones o Uniones locales.
b. Federaciones Inspectoriales:
que reúnen a asociaciones locales dentro de una inspectoría salesiana, si bien
nuestra Asociación es libre de determinar si adaptarse o no a la organización
territorial en inspectorías de la Congregación Salesiana.
c. Federaciones Nacionales:
que reúnen todas las Asociaciones o Uniones locales y Federaciones
inspectoriales dentro de una nación[1]
3) La sede de la Confederación Mundial radica en la Sede
Central de la Congregación Salesiana.
Art. 20 Organización de nuestra
Asociación: La Confederación Nacional
1) La Confederación Nacional Española, fundada en Valencia
San Antonio Abad en el año 1917, es única, sin discriminación alguna según lo
establecido en la Constitución Española.
Como asociación laical, goza de personalidad y representación jurídica en los
ámbitos local, federal, confederal y mundial, y está reconocida civilmente
donde esto es posible.
2) La inscripción en la Confederación Nacional Española, a través de
las Asociaciones Locales
implica necesariamente la aceptación de este Estatuto Nacional y
compromete a compartir sus fines y objetivos, según los Estatutos Mundial,
Regional y Local.
3) La Confederación Nacional Española está constituida por tiempo
indefinido. Su ámbito de actuación comprende todo el territorio del Estado
español. No tiene ánimo de lucro, aunque podrá realizar actividades económicas,
encaminadas a la realización de sus fines.
Art. 21 Estructuras de la
Confederación Nacional Española
1) La Confederación Nacional Española se
estructura en Federaciones Regionales y éstas en Asociaciones Locales, todas
ellas con iguales órganos de gobierno.
2) Los Órganos de Gobierno de carácter
deliberativo, que se reúnen al menos una vez al año, son:
●
La Asamblea Confederal,
●
La Asamblea Federal,
●
La Asamblea Local.
3) Los Órganos de Gobierno de carácter
ejecutivo, que establecen su propio funcionamiento y calendario de reuniones,
son:
●
La Ejecutiva Confederal
●
La Ejecutiva Federall
●
La Ejecutiva Local
.
4) Los Órganos consultivos son:
●
La Consulta Confederal
●
La Consulta Federal
●
La Consulta del Grupo Joven
●
Cualquier otra que el
Presidente (nacional, regional o local) considere oportuna.
Art. 22 Las Ejecutivas
1) La Ejecutiva (Confederal, Federal o
Local) la forman el Presidente, dos Vicepresidentes, el Secretario, el
Tesorero, el Vocal de Formación y los miembros necesarios, propuestos por el
Presidente a la ratificación de la Asamblea, para gestionar y animar la
realización del Plan estratégico y el Plan operativo anual aprobados por la
respectiva Asamblea. El Delegado es miembro nato de la Ejecutiva de pleno
derecho.
2) La Ejecutiva es un órgano ejecutivo
colegial, cuya función es ayudar al Presidente a poner en práctica el Plan
estratégico aprobado para su mandato y los demás acuerdos de la Asamblea.
Art. 23 Constitución de
las Asambleas
La Asamblea Confederal, las Asambleas Federales y la Asamblea Local, tanto ordinarias como extraordinarias, quedan válidamente constituidas en primera convocatoria, cuando concurre a ellas la mayoría absoluta de sus miembros y, en segunda convocatoria, fijada para media hora después de la primera, cualquiera que sea el número de los asistentes.
Art. 24 Convocatorias
1) La reunión ordinaria de las Asambleas se celebrará una vez al año dentro de los seis meses siguientes al cierre del ejercicio. La convoca el Presidente, por escrito, con una antelación al menos de 15 días naturales, indicando el orden del día con expresión concreta de los asuntos a tratar, así como el lugar, hora y día de la reunión.
2) Las reuniones extraordinarias las convoca el Presidente, por escrito, cuando lo estime necesario o cuando lo pida, también por escrito, la cuarta parte de sus miembros.
3) La
Consulta Confederal o Federal la convoca el Presidente respectivo cuando lo
estime necesario.
Art. 25 Acuerdos
1) Los acuerdos se adoptan por mayoría simple de los presentes, salvo en los supuestos en los que se establezca un porcentaje más reforzado de votos.
2) Las votaciones podrán hacerse de modo nominal o secreto. Tendrán carácter secreto cuando así lo solicite, al menos, un miembro de la Asamblea.
Art. 26 El deber de participar en la Asamblea
La participación en la Asamblea es un derecho y un deber del antiguo alumno asociado. Por tanto, no se admitirá el voto delegado ni por correo.
Art. 27 Expertos
Las personas, asociadas o no, que el Presidente juzga oportuno invitar a participar en los Órganos de Gobierno para tratar determinados temas del orden del día en calidad de expertos, sólo tienen derecho a voz.
Art. 28 Funciones del Presidente
El Presidente, entre otras funciones:
1) Ejerce la representación legal de la
Asociación.
2) Se preocupa de las relaciones con las
otras Asociaciones de Antiguos Alumnos y Antiguas Alumnas de Don Bosco y con
los demás Grupos de la Familia Salesiana, Autoridades, Organismos y con
terceros.
3) Convoca la Asamblea y las reuniones de
la Ejecutiva y de la Consulta.
4) Preside las reuniones de los distintos Órganos de Gobierno;
5) Fija el orden del día de las reuniones de la Ejecutiva, nombra y cesa a los miembros de su equipo, que forman la Ejecutiva, excepto aquellos que estatutariamente no son designados por él
4) Preside las reuniones de los distintos Órganos de Gobierno;
5) Fija el orden del día de las reuniones de la Ejecutiva, nombra y cesa a los miembros de su equipo, que forman la Ejecutiva, excepto aquellos que estatutariamente no son designados por él
6) Fomenta
la unidad, la corresponsabilidad y la iniciativa, que aseguran el sano
ejercicio de la participación y del sentido de pertenencia de los asociados.
7) Ordena los pagos que se autoricen, con la intervención del tesorero.
8) El Presidente desarrolla las gestiones inherentes a su cargo en estrecha colaboración y diálogo con la Ejecutiva.
7) Ordena los pagos que se autoricen, con la intervención del tesorero.
8) El Presidente desarrolla las gestiones inherentes a su cargo en estrecha colaboración y diálogo con la Ejecutiva.
9) Vela por la formación espiritual y
salesiana, por la ayuda a los asociados que lo necesiten y por colaboración en
la pastoral juvenil de la obra.
Art. 29 Funciones de los
dos Vicepresidentes
1) El Vicepresidente primero colabora muy estrechamente con el Presidente y
lo sustituye cuando es necesario.
2) Los dos Vicepresidente colaboran con el
Presidente en la promoción de la unidad y la comunión entre los asociados y en
la fidelidad a este Estatuto.
3) Desempeñan las incumbencias que el Presidente les encomiende.
3) Desempeñan las incumbencias que el Presidente les encomiende.
4) Por regla general no sean más de dos.
Art. 30 Funciones del Secretario
1) Redacta la memoria que la Ejecutiva presenta a la Asamblea.
2) Redacta el orden del día y las actas de las sesiones y reuniones de los Órganos de Gobierno y de Consulta, y las somete a su aprobación.
3) Desempeña las funciones inherentes a su cargo, pudiendo servirse de eventuales colaboradores o expertos.
4) Expide certificaciones, lleva los
ficheros y custodia la documentación de la entidad, remitiendo en su caso, las
comunicaciones a la Administración, con los requisitos pertinentes.
5) Custodia cuidadosamente el fichero de
datos de la Asociación conforme a la Ley de Protección de Datos.
Art. 31 Funciones del
Tesorero
1) Es el responsable, junto con el
Presidente, del área económica de la Asociación.
2) Es responsable de las cuentas bancarias.
2) Es responsable de las cuentas bancarias.
3) Mantiene al día los libros de
contabilidad y el inventario de los bienes de la Asociación.
4) Elabora los presupuestos de gastos y el
balance que debe presentar a la Ejecutiva.
5) De acuerdo con la Ejecutiva, puede realizar gastos extraordinarios no contemplados en el presupuesto.
5) De acuerdo con la Ejecutiva, puede realizar gastos extraordinarios no contemplados en el presupuesto.
6) Da cuenta de las actividades propias de
su cargo a la Ejecutiva.
7) Cada año someterá las cuentas a una
auditoría externa.
Art. 32 Los Vocales
1) Participan en las reuniones de la Ejecutiva.
2) Colaboran eficazmente en la animación de
la Asociación.
3) Desempeñan las tareas peculiares que se
les han encomendado y que son inherentes a su cargo.
Art. 33 Nombramientos y duración en el cargo
1) El
Presidente es elegido por la Asamblea, previa presentación de su candidatura, a
la que se dará la adecuada difusión, con una antelación de treinta días a la
celebración de la correspondiente reunión. Nombra su equipo previa presentación
a la Asamblea para su ratificación. Permanece en el cargo cuatro años, y sólo
puede ser reelegido hasta completar un período máximo de ocho años
consecutivos.
2) El cese
reglamentario en un cargo directivo no significa necesariamente el cese en el
equipo, en el que puede ocupar otro cargo.
3) En caso
de dimisión o muerte del Presidente le sustituye el Vicepresidente primero hasta la celebración de elecciones,
que convocará lo antes posible y, en todo caso, antes de seis meses.
4) Es de
desear que no se confíe más de un cargo, al mismo tiempo, a cada persona
5) El Delegado es nombrado por la Congregación Salesiana, oído el parecer del Presidente.
5) El Delegado es nombrado por la Congregación Salesiana, oído el parecer del Presidente.
6) Todos los
cargos que componen la respectiva Ejecutiva serán gratuitos.
7) Todos los asociados que formen parte de
los órganos de animación y gobierno de la Asociación se preocuparán
responsablemente de prepararse más y más para un mejor servicio a los asociados
y a la misión de la Asociación.
8) Los líderes de nuestra Asociación
cuidarán su vida cristiana con esmero y tomarán parte, en lo posible, en los
cursos de formación cristiana, retiros y ejercicios espirituales organizados
especialmente para ellos o a los organizados por la Familia Salesiana..
9) El hecho de ocupar un cargo político
inhabilita para ser elegido miembro de una Ejecutiva mientras permanece en
dicho cargo.
Art. 34 Cese del
Presidente
El Presidente cesará en su cargo por:
1) Culminación del periodo para el que fue
elegido por la Asamblea correspondiente.
2) Dimisión presentada al presidente de nivel superior y aceptada. Y comunicada a la Asamblea.
2) Dimisión presentada al presidente de nivel superior y aceptada. Y comunicada a la Asamblea.
3) Quedar inhabilitado física, mental o
legalmente para el desempeño de sus funciones.
4) Decisión de la Asamblea correspondiente,
reunidos en sesión convocada a tal fin: Por causa muy grave probada, oído
siempre al Presidente y con una votación secreta con porcentaje de votos
reforzado.
5) Cualquiera de las situaciones
contempladas en la legislación vigente.
6) En cualquiera de los casos 2, 3 y 4, le sustituirá el Vicepresidente primero hasta la celebración de elecciones, que deberán celebrarse obligatoriamente antes de seis meses después de producirse esta situación.
6) En cualquiera de los casos 2, 3 y 4, le sustituirá el Vicepresidente primero hasta la celebración de elecciones, que deberán celebrarse obligatoriamente antes de seis meses después de producirse esta situación.
[1] En el caso de que una Inspectoría de los
Salesianos comprenda más de un país, una Federación inspectorial podría
comprender más de una Federación Nacional.
Mi opiinión sobre la nomenclatura es basgtante respetuosa con la propuesta. Ya hacía falta cambiar unos nombres que olían a tiempos pasados.
ResponderEliminarEstos nombres distinguen muy bien los órganos deliberativos, los ejecutivos y los consultivos. En menos de seis meses serán asumidos por todas las Asociaciones sin dificultad, creo.
También pienso que otros asociados tendrán otras ideas que será muy interesante examinar.
Lo espero con mucho ingterés
Creo que se debe concretar más la forma de elección y reelección, para que no se den casos como el ocurrido en este Consejo Nacional extraordinario último, donde no había candidaturas y se procedió de forma inusual.
ResponderEliminarPues eso: un gran tinglado político sobre la base de que existe un ejército sometido, compuesto de apóstoles misioneros dado al combate y la defensa, y que no reciben paga sino que la dan. Uno se pregunta quién es el enemigo y por qué parece preterirse la dignidad del exalumno de a pie, el que no se siente activista socio-político-hiperreligioso.
ResponderEliminarEn el mundo civil las organizaciones tienden a ser más planas y a ceder más protagonismo a las bases... Sí, francamente, uno se siente instrumentalizado para fines ocultos.
De nuevo exagero por simplificar. José Enebral.